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Fianzas sin Aval

Son para cotizar y tener un panorama más amplio. Para obtenerla será necesario enviar el documento a afianzar es decir la notificación de fallo, del contrato u orden de compra para estar en posibilidad de enviar el presupuesto del  servicio de Fianzas sin Aval o servicio de Garantías con Fianzas Incluidas, Anticipos, Construcción, Obra Publica.

Caución y fianza

SIN AVAL, SIN GARANTÍA

Correo electrónico segurodecaucionmx@gmail.com

Teléfono 55 2099 0469

Construcción, obra pública, suministros y empresas nuevas

Asuntos internacionales 

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Fianzas sin Aval

Fianzas sin aval

La información y documentación de los Requisitos para Fianzas sin Aval para las empresas persona morales, se requiere en copia salvo que algún documento se requiera para Cotejo con el original.

  • Contrato donde solicitan la Fianza sin Aval,  las Fianzas sin Aval, en caso distinto orden de compra.
  • Acta constitutiva completa si hay modificaciones en el acta se deben agregar.
  • Poder notarial del administrador único de la empresa.
  • Documento de identificación oficial INE, PASAPORTE, CÉDULA PROFESIONAL.
    Alta de hacienda documento que se presenta en el sat para inscribir por primera vez a la empresa.
    Cédula fiscal de la empresa, documento donde queda asentado la formalidad de inscripción al sat.
    Estados financieros firmados por el administrador único y el contador público de la empresa anexar cédula profesional copia.
  • Declaración anual de la empresa del ejercicio fiscal vigente.
    Declaraciones parciales 2020 de la empresa.
  • Comprobante de domicilio vigente o actual a nombre de la empresa.
    Curriculum de la empresa firmado.
    Llenar cuestionarios solicitud de seguro de caución o entrevista de solicitud de fianza.
  • Es importante revisar periódicamente su BÚRO DE CRÉDITO para tener un buen historial crediticio.

Otorga la ventaja de ser calificado como persona solvente y que cubre el pago de sus deudas a tiempo.

Fianza con garantías, Fianza sin aval

GARANTÍA DE FIANZAS. En garantía del cumplimiento de sus obligaciones, LA EMPRESA SUMINISTRADA se obliga al otorgamiento de las siguientes FIANZAS:

  • GARANTÍA FIANZAS DE ANTICIPO. Para garantizar la empresa contratista está obligado a presentar Garantía de Fianza de Anticipo por la cantidad del adelanto que otorgue el beneficiario para los inicios de los trabajos establecidos en los contratos.El porcentaje o valor total del contrato, a favor de la empresa contratante o que este suministrando el contrato de obra publica o construcción, siendo esto el importe del anticipo consignado en el presente contrato se obliga a presentar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato, la fianza de anticipo debe ser expedida por compañía legalmente facultada para ello, la garantía de anticipo deberá ser sin impuestos permaneciendo vigente durante la vigencia del contrato.
  • GARANTÍA FIANZA DE CUMPLIMIENTO. La empresa contratista entregará fianza de cumplimiento por una Institución autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a favor del Beneficiario empresa contratante por el importe del 10% del monto contratado para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente contrato. La garantía deberá ser sin impuestos permaneciendo vigente durante la vigencia del contrato.

Si podemos

Tu fianza sin problemas

Requisitos de Fianzas sin Aval

Estos Requisitos de Fianzas sin Aval, son para el trámite de Fianzas sin Aval de AnticipoFianzas sin Aval de CumplimientoFianzas  sin Aval de vicios ocultos, Fianzas sin Aval Urgentes.

Las formas de garantías de recuperación  para el otorgamiento de Fianzas  aceptadas por las compañías Afianzadoras para garantizar los contratos de construcción, obra pública, proveeduría de venta de bienes o servicios  son las siguientes:

  1. Prenda, hipoteca o fideicomiso
  2. Obligación solidaria
  3. Contrafianza
  4. Afectación en garantía.

 

La afectación en garantía se refiere a que los propietarios dan su consentimiento a las compañías afianzadoras una vez ratificados los contratos de fianzas ante notario público, corredor público, o ante la comisión  nacional de seguros y fianzas, que el bien inmueble libre de gravamen, sea inscrito el contrato de fianza, es decir sea gravado con anotación marginal ante el registro público de la propiedad.